En una nueva sentencia el Tribunal de Estrasburgo reconoce que el crucifijo en las aulas no viola los derechos de los padres a la educación de sus hijos.
El Tribunal Europeo de Derechos Humanos -Tribunal de Estrasburgo- dio a conocer el 18 de marzo, una nueva sentencia sobre la presencia de los crucifijos en las aulas escolares.
El 3 de noviembre de 2009, a raíz de una demanda contra Italia que fue presentada por Soile Lautsi, una ciudadana de ese país de origen finlandés, el mismo tribunal se había expedido en contra de la presencia del crucifijo en las aulas de las escuelas gestionadas por el estado.
La sentencia fue apelada por el estado italiano, al que se unió un sorprendente elenco de 20 países europeos. El nuevo fallo del 18 de marzo, firme e inapelable, obtuvo 15 votos a favor y 2 en contra, y señala que Italia no infringe la Convención Europea de Derechos Humanos al mantener los crucifijos en las escuelas públicas, y que ello no viola el derecho a la educación o a la libertad de conciencia y religión. FIN, 19-03-11
Cfr.
-Una sentencia contra Jesucristo (NG 1006).
-Sentencia del 18 de marzo de 2011
-Claves jurídicas de la nueva sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos en el caso de los crucifijos
Vid.
-Pendientes de un tribunal, por Luis Fernando Pérez
-20 países europeos defienden el crucifijo: una nueva alianza contra el laicismo
Fuentes: Corte Europea de Derechos Humanos, sentencia 18-03-11; Religión en Libertad; Info Católica; Profesionales por la Ética; NG 1006.
Por Juan C. Sanahuja
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